Derecho Penal
Defensa y acusación, para particulares y empresas.
El despacho cuenta con amplia experiencia en Derecho Penal y presta asesoramiento y asistencia letrada en procedimientos de distinta naturaleza y complejidad. Defendemos los derechos e intereses de nuestros clientes en todas las fases del procedimiento penal.
Nuestra intervención
En particular, ejercemos la dirección letrada en:
- Defensa y representación de particulares.
- Acusación particular de víctimas y perjudicados.
- Acusación popular en representación de partidos políticos y sindicatos profesionales.
- Procedimientos ante la jurisdicción de menores.
- Defensa especializada de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Derecho penal económico: delitos patrimoniales y societarios.
Defensa de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
Una de nuestras principales especialidades es la defensa penal de agentes que trabajan en Navarra: Policía Nacional, Policía Foral, Guardia Civil y policías municipales y locales. Les asistimos sobre todo en procedimientos relacionados con el ejercicio de sus funciones.
Derecho Penal Económico
Intervenimos en procedimientos por delitos patrimoniales, societarios y económicos, así como en los vinculados a la actividad profesional.
Acusación popular
Ejercemos la acusación popular en representación de partidos políticos y sindicatos profesionales, sobre todo en asuntos de interés general, de lucha contra la corrupción y de persecución de delitos vinculados al terrorismo. En estos casos ponemos especial atención en la estrategia procesal y en el análisis jurídico.
Preguntas frecuentes
Acudir con abogado. Tiene derecho a ser asistido por letrado, a conocer de qué se le acusa, a no declarar y a no contestar a alguna o a todas las preguntas. Conviene preparar la declaración con su abogado antes de prestarla, porque lo que diga constará en el procedimiento.
Sí. Como perjudicado puede personarse como acusación particular: proponer pruebas, intervenir en el juicio y reclamar la reparación del daño. También puede reservarse la acción civil para reclamar la indemnización por separado.
Los hechos cometidos por menores de entre 14 y 18 años se juzgan en la jurisdicción de menores, con una ley propia (Ley Orgánica 5/2000) y medidas orientadas a la reeducación. El procedimiento es distinto del de adultos, y en él pueden intervenir tanto la defensa del menor como la acusación particular.
Caso
Absolución de policía foral novel en procedimiento por agresión a un detenido en Tudela
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Hablemos.
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